EAU adopta el CARF: Qué significa el intercambio automático de datos fiscales de cripto para 2028

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EAU adopta el CARF: Qué significa el intercambio automático de datos fiscales de cripto para 2028

EAU y el CARF: Hacia una nueva era de transparencia fiscal

Los Emiratos Árabes Unidos se han consolidado como un hub global de primer nivel para la industria de los criptoactivos, atrayendo inversión, talento e innovación. En un movimiento que subraya su compromiso con la evolución del sector, el país ha dado un paso crucial al firmar el Acuerdo Multilateral para implementar el Marco de Información sobre Criptoactivos (CARF) de la OCDE.

Esta decisión alinea plenamente a los EAU con los estándares internacionales de transparencia fiscal y marca un antes y un después en la regulación local. El cronograma es claro: la implementación comenzará en 2027, con el primer intercambio automático de información programado para el año 2028.

¿Qué es el Marco de Información sobre Criptoactivos (CARF) de la OCDE?

El CARF es una iniciativa desarrollada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para hacer frente a los desafíos fiscales que plantea la economía digital y los criptoactivos. Su función principal es establecer un mecanismo global para el intercambio automático de información entre las jurisdicciones participantes.

El objetivo es claro: combatir la evasión fiscal y aumentar la transparencia en las transacciones con criptodivisas, NFTs y otros activos digitales. Este marco viene a complementar el estándar CRS (Common Reporting Standard), que ya regula el intercambio de información sobre cuentas financieras tradicionales, cerrando así una brecha significativa en la supervisión fiscal internacional.

La hoja de ruta de los EAU: De la consulta pública al intercambio en 2028

El compromiso de los EAU no es solo una declaración de intenciones, sino un proceso estructurado. El Ministerio de Finanzas (MOF) ha iniciado ya una consulta pública que estará abierta desde el 15 de septiembre hasta el 8 de noviembre de 2025. Este proceso busca recabar feedback de todos los actores clave del ecosistema, incluyendo exchanges, empresas de custodia, traders individuales y firmas de asesoría fiscal, para asegurar que la implementación nacional del CARF sea robusta y efectiva.

La cronología establecida por las autoridades es fundamental para que todos los involucrados se preparen:

  • 2027: Entrada en vigor del marco regulatorio dentro de los EAU.
  • 2028: Inicio del intercambio efectivo de información fiscal con otros países adherentes.

No están solos: Países que ya se han sumado al CARF

La adopción del CARF por parte de los EAU es un reflejo de una tendencia global imparable. El país se une a un grupo que supera las 50 jurisdicciones que ya se han comprometido con este marco. Ejemplos recientes lo demuestran: Nueva Zelanda, Australia y los Países Bajos forman parte de la lista.

Casos emblemáticos como el de Suiza, que en junio de 2025 finalizó su acuerdo para intercambiar datos con 74 naciones, o el de Corea del Sur, que en septiembre de este mismo año no solo ratificó su adhesión sino que ya ha iniciado acciones de fiscalización activa contra evasores, confirman que el futuro de la fiscalidad cripto es transparente y colaborativo.

¿Cómo te afecta? Implicaciones del CARF para usuarios y negocios de cripto en los EAU

Esta nueva realidad tiene consecuencias prácticas directas para los diferentes actores del mercado:

  • Para inversores y traders individuales: La era de la opacidad llega a su fin. Será imperativo declarar las ganancias derivadas de las operaciones con criptoactivos de manera correcta y completa, tanto en los EAU como, de ser aplicable, en el país de residencia fiscal. La información sobre sus transacciones y saldos será compartida automáticamente entre autoridades.
  • Para empresas del sector (exchanges, custodios): Estas entidades, designadas como Proveedores de Servicios de Activos Criptográficos, tendrán la obligación de identificar a sus clientes, recopilar la información requerida y reportarla anualmente a las autoridades fiscales de los EAU. Esto implica una inversión en la adaptación de sus sistemas y procesos de Debida Diligencia del Cliente (KYC).

Aunque supone mayores obligaciones, este marco aporta legitimidad y seguridad jurídica al ecosistema, un factor clave para atraer inversión institucional y consolidar el mercado a largo plazo.

Conclusión: La adopción del CARF consolida a los EAU como un hub regulatorio serio

La decisión de los Emiratos Árabes Unidos de implementar el CARF es un paso decisivo que refuerza su posición como centro financiero global, capaz de equilibrar la innovación con el cumplimiento normativo más exigente. Este movimiento representa la institucionalización definitiva de los criptoactivos, integrando plenamente este nuevo clase de activos en el sistema financiero global.

El período de transición hasta 2027-2028 se convierte en una ventana de oportunidad crucial para que inversores, empresas y asesores se adapten a esta nueva realidad, donde la transparencia y el cumplimiento serán la norma.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿A qué tipo de criptoactivos afecta el CARF?

El CARF tiene un alcance amplio e incluye criptomonedas, tokens virtuales como los NFTs, y stablecoins. Su definición es suficientemente flexible para abarcar los activos digitales actuales y futuros.

¿Qué información concreta se compartirá?

Los proveedores de servicios deberán reportar datos sobre los clientes (identificación) y sobre sus actividades, como los saldos de criptoactivos al final del año y las transacciones específicas (compras, ventas, intercambios).

Si solo tengo cripto en una cartera auto-custodiada (hardware wallet), ¿también me afecta?

El CARF se centra en la información recabada por los Proveedores de Servicios de Activos Criptográficos (exchanges, etc.). Las transacciones entre carteras privadas no son reportables directamente bajo este marco. Sin embargo, si usted adquiere o vende criptoactivos mediante un servicio regulado, esa actividad sí será reportada. Es crucial recordar que las obligaciones de declarar ganancias ante su administración tributaria dependen de la ley fiscal de su país de residencia, independientemente del tipo de custodia.

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